Habilitación de Clínicas Veterinarias en Colombia: Requisitos COMVEZCOL y Secretaría de Salud

Habilitación de Clínicas Veterinarias en Colombia: Requisitos COMVEZCOL y Secretaría de Salud

La apertura y funcionamiento de un establecimiento médico veterinario en Colombia, ya sea consultorio, clínica u hospital veterinario, requiere cumplir con normativas estrictas. Esta regulación garantiza el bienestar animal y previene riesgos de salud pública derivados de zoonosis o mala disposición de residuos peligrosos.

1. El Rol de COMVEZCOL y la Matrícula Profesional

Todo establecimiento que preste servicios de medicina veterinaria debe contar con un Director Científico que sea un Médico Veterinario (MV) o Médico Veterinario Zootecnista (MVZ) debidamente matriculado y con tarjeta profesional vigente expedida por COMVEZCOL. Prestar servicios de salud animal sin un profesional titulado constituye ejercicio ilegal de la profesión en Colombia.

2. Requisitos de Infraestructura Física del Establecimiento

Las Secretarías de Salud territoriales realizan visitas de inspección, vigilancia y control (IVC) basándose en las normas de saneamiento ambiental de la Ley 9 de 1979 y normatividad complementaria. La infraestructura básica exige:

Área Locativa Requerimientos Técnicos
Recepción y Espera Zona cómoda para propietarios y mascotas, con acabados lavables para facilitar la desinfección rápida.
Consultorio de Examen Mesa de examen inoxidable, lavamanos con accionamiento no manual, dispensador de jabón quirúrgico y toallas desechables.
Área Quirúrgica (Si aplica) Espacio aislado del tránsito general, paredes sin uniones o ángulos rectos (media caña) y flujo de aire controlado.
Hospitalización Jaulas individuales de material inoxidable, desinfectable y separadas para evitar contaminación cruzada entre pacientes.

3. Gestión de Residuos Hospitalarios Veterinarios (PGIRASA)

Al igual que en la medicina humana, los centros veterinarios producen residuos biológicos y cortopunzantes altamente infecciosos. Es de carácter obligatorio diseñar e implementar un Plan de Gestión Integral de Residuos de Atención en Salud y Otras Actividades (PGIRASA). Esto incluye:

  • Segregación estricta en la fuente usando recipientes con pedal y bolsas de colores reglamentarios (Rojo para residuos infecciosos y cortopunzantes, Verde para orgánicos, Blanco para reciclables).
  • Contrato vigente con una empresa gestora de residuos especiales autorizada por las Corporaciones Autónomas Regionales.
  • Registros diarios de pesaje y actas mensuales de incineración de los residuos recogidos.

4. Manejo y Control de Medicamentos Especiales

El almacenamiento y uso de anestésicos, analgésicos narcóticos u otras sustancias controladas en veterinaria está vigilado estrechamente por el Fondo Rotatorio de Estupefacientes. Los consultorios deben llevar un libro oficial foliado y almacenar estas sustancias bajo estricta seguridad (bajo llave).

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Dr. Carlos Mendoza - Consultor Saludise

Por Dr. Carlos Mendoza

Médico Especialista en Administración de Servicios de Salud

Asesor senior en habilitación de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), centros veterinarios, transporte asistencial (TAB y TAM) y auditorías de calidad bajo la Resolución 3100 de 2019.