Pasos para la Habilitación de Consultorios de Medicina Estética
La medicina estética en Colombia se encuentra sometida a un control y vigilancia rigurosos por parte de las Secretarías de Salud debido al riesgo implícito de los procedimientos realizados. Es fundamental diferenciar la medicina estética (ejercida exclusivamente por profesionales de la medicina) de la cosmetología y estética ornamental (no médica).
Para operar legalmente, el profesional médico debe registrarse e inscribir sus servicios bajo los parámetros de la **Resolución 3100 de 2019**.
1. Infraestructura Exigida para Procedimientos No Quirúrgicos
El área física de procedimientos estéticos debe contar con adecuaciones técnicas que garanticen condiciones asépticas:
- Mesón de trabajo: De material liso, no poroso, lavable y resistente a desinfectantes químicos.
- Lavamanos de accionamiento no manual: Integrado directamente en el área de procedimientos.
- Iluminación focalizada: Lámpara de examen físico (cielítica o similar) en perfecto estado de funcionamiento.
- Superficies: Pisos, techos y paredes con pintura epóxica o vinil clínico continuo, sin juntas que acumulen suciedad.
2. Adquisición y Vigilancia de Insumos Médicos (INVIMA)
Cada medicamento (toxina botulínica, ácido hialurónico, bioestimuladores) o dispositivo médico empleado en consulta estética debe contar con su correspondiente registro INVIMA vigente. El consultorio debe implementar:
- Registro de compras técnico: Registro del lote, fecha de vencimiento y proveedor autorizado.
- Almacenamiento térmico controlado: Nevera exclusiva para medicamentos de red de frío con control de temperatura diario registrado en termohigrómetro.
- Manuales de Tecnovigilancia y Farmacovigilancia: Para documentar y notificar al INVIMA cualquier reacción adversa.
3. Gestión de Residuos Especiales y Consentimiento Informado
El consultorio de medicina estética genera residuos químicos pesados y cortopunzantes de manera frecuente. Es mandatorio contar con un **PGIRASA** implementado y contratos vigentes con gestores autorizados para la disposición de ampollas usadas, agujas y jeringas.
Asimismo, cada procedimiento estético debe estar respaldado por un consentimiento informado detallado que especifique riesgos y beneficios del tratamiento.
Asegura una infraestructura impecable consultando nuestra Guía General de Infraestructura.
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